Tesis Jurisprudencial, Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 7 de Mayo de 2007 (Tesis num. 1056 de Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito (Reiteración))

Fecha de publicación07 Mayo 2007
Fecha07 Mayo 2007
Número de registro395012
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaDerecho Procesal,Común

Es verdad que no procede la suspensión contra los actos futuros de realización incierta; sin embargo, ello sólo puede ocurrir y determinarse en la audiencia incidental con vista a los informes previos y demás elementos de prueba que se ofrecen con toda oportunidad, y no en la fase procesal relativa a la suspensión provisional, en la cual sólo deben tomarse en cuenta los datos expresados por los quejosos en la demanda de garantías y las pruebas aportadas con ésta, conforme al artículo 130 de la Ley de Amparo.


CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Octava Epoca:


Recurso de queja 34/90. C., S. A. 9 de marzo de 1990. Unanimidad de votos.


Recurso de queja 184/90. M.N.A. y...

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