Tesis Jurisprudencial, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 7 de Mayo de 2007 (Tesis num. 969 de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito (Reiteración))

Fecha de publicación07 Mayo 2007
Fecha07 Mayo 2007
Número de registro391859
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaDerecho Fiscal,Derecho Procesal,Administrativa

El examen de la legalidad del acto impugnado debe hacerse por el Tribunal Fiscal de la Federación en relación directa con los motivos de oposición invocados, de tal manera que el reconocimiento de la validez del acto impugnado o la declaración de su nulidad, ha de ser la consecuencia de la desestimación de todos y cada uno de los citados motivos de oposición o de la operancia de alguno de éstos, según sea el caso, y no por cualquier otro razonamiento de carácter jurídico.


TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Séptima Epoca:


Amparo directo 193/73. G. de México, S. A. 28 de septiembre de 1973...

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