Tesis, Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 7 de Mayo de 2007 (Tesis num. 915 de Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito (Reiteración))

Número de registro391805
Fecha de publicación07 Mayo 2007
Fecha07 Mayo 2007
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaDerecho Fiscal,Derecho Procesal,Administrativa

Si una autoridad diversa de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público demandada en un juicio de nulidad, pretende apoyar la procedencia de su recurso de revisión en lo dispuesto en el párrafo cuarto del artículo 248 del Código Fiscal de la Federación, tal recurso debe desecharse porque el citado párrafo establece para la procedencia del mismo, entre otros, los siguientes requisitos: 1) que la resolución o sentencia emitida por la Sala del Tribunal Fiscal de la Federación, afecte el interés fiscal de ésta y 2) que a juicio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el asunto tenga importancia. De lo antes expuesto se advierte: que el párrafo en cuestión es aplicable sólo para los recursos de revisión que pudiera hacer valer la mencionada Secretaría de Hacienda y Crédito Público, pues es inexacto que cuando otra dependencia distinta de aquélla sea la demandada la sentencia recurrida afecte el interés fiscal de la Federación por el hecho de que la recurrente sea un organismo público descentralizado, ya que dicha sentencia afectará, en todo caso, las finanzas de ese organismo pero no las de la Federación, en todo caso, el apoyo para la procedencia del recurso por él interpuesto puede ser: el genérico del primer párrafo del artículo citado, si se da el supuesto de la cuantía; el segundo párrafo, si la reclamación se hace consistir en contribuciones que deban cubrirse por períodos inferiores a doce meses, o bien los tres supuestos de la parte final del párrafo tercero, ambos del artículo 248 del Código Fiscal, si se trata de contribuciones de seguridad social, pero de ninguna manera el párrafo cuarto ya citado.


CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Octava Epoca:


Revisión fiscal 1134/88. Consejo Consultivo de la Delegación número 4 del Valle de México del...

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