Tesis Jurisprudencial, Tribunal Colegiado del Décimo Tercer Circuito, 7 de Mayo de 2007 (Tesis num. 901 de Tribunal Colegiado del Decimo Tercer Circuito (Reiteración))

Número de registro391791
Fecha de publicación07 Mayo 2007
Fecha07 Mayo 2007
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaDerecho Fiscal,Derecho Procesal,Administrativa

La circunstancia de que la Sala Fiscal responsable, no haya examinado la totalidad de los conceptos de anulación que se hicieron valer en la demanda de nulidad, por violaciones a las formalidades del procedimiento, no surte la segunda hipótesis del artículo 248 del Código Fiscal de la Federación, toda vez que esa falta de estudio no causa agravio a la autoridad recurrente, pues quien resultaría afectada, en su caso, lo sería la parte actora, y esto hace que carezca de legitimidad para combatir el proceder que atribuye a la enjuiciada, pues no constituye una violación de formalidades en perjuicio de la inconforme.


TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO TERCER CIRCUITO.

Octava Epoca:


Revisión fiscal 347/90. Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 29 de junio de 1990. Unanimidad de votos.


Revisión fiscal 245/90. Secretaría de...

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