Tesis Jurisprudencial, Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 7 de Mayo de 2007 (Tesis num. 661 de Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito (Reiteración))

Fecha de publicación07 Mayo 2007
Fecha07 Mayo 2007
Número de registro391551
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaAdministrativa

DELEGACION DE FACULTADES.

Nuestro régimen jurídico ha consagrado la delegación de facultades como una técnica de transferencia de una competencia propia de un órgano superior de la Administración Pública en favor de un órgano inferior, y que persigue como propósito facilitar los fines de aquél y cuya justificación y alcance se hallan en la Ley Orgánica, puesto que para el perfeccionamiento del acto delegatorio se requiere la reunión de varios requisitos de índole legal, entre otros, la existencia de dos órganos, el delegante y el delegado, la titularidad por parte del primero de dos facultades, una la que será transferida y otra la de delegar y la aptitud del segundo para recibir una competencia por la vía de la delegación.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.

Octava Epoca:

Revisión fiscal 199/88. Secretaría de Hacienda y Crédito...

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