Tesis, Sexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 1 de Julio de 1991 (Tesis num. I.6o.A. J/24 de Sexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 01-07-1991 (Reiteración))

Número de registro222202
Número de resoluciónI.6o.A. J/24
Fecha de publicación01 Julio 1991
Fecha01 Julio 1991
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaDerecho Fiscal,Derecho Procesal,Administrativa

El párrafo tercero del artículo 248 del Código Fiscal de la Federación exige la concurrencia de los requisitos de importancia y trascendencia, por lo tanto, cuando los argumentos de la recurrente no demuestran que en el caso se da el requisito de importancia, es innecesario examinar lo que aduce en relación con la trascendencia del asunto, en virtud de que ambos requisitos de procedibilidad deben darse concurrentemente y, basta que uno de ellos no se cumpla para determinar la improcedencia del recurso.


SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Revisión fiscal 1/88. Director General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Programación y Presupuesto (L.F.A.. 31 de mayo de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: J.A.L.R.. Secretario: A.T.E..


Revisión fiscal 326/88. Directora General Jurídico de la Secretaría de la Contraloría General de la Federación. E. de J.P.E.. 9 de junio de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: J.A.L.R.. Secretario: A.T.E..


Revisión fiscal 856/88. Subdirectora Jurídica del...

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