Tesis, Segundo Tribunal Colegiado del Quinto Circuito, 1 de Agosto de 1992 (Tesis num. V.2o. J/40 de Segundo Tribunal Colegiado del Quinto Circuito, 01-08-1992 (Reiteración))

Número de registro218747
Número de resoluciónV.2o. J/40
Fecha de publicación01 Agosto 1992
Fecha01 Agosto 1992
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Laboral

De conformidad con lo establecido por el artículo 84 de la Ley Federal del Trabajo, el salario se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquier otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo, de tal suerte que el salario debe integrarse con los bonos de despensa, subsidios de energía eléctrica y gas doméstico, aun cuando no exista convenio expreso al respecto.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL QUINTO CIRCUITO.

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