Tesis, Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 1 de Abril de 1993 (Tesis num. VI.2o. J/247 de Segundo Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, 01-04-1993 (Reiteración))

Número de registro216535
Número de resoluciónVI.2o. J/247
Fecha de publicación01 Abril 1993
Fecha01 Abril 1993
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaDerecho Civil,Derecho Procesal,Civil

La omisión en el pago de las rentas reclamado en el juicio natural, al ser un hecho negativo, revierte la carga de la prueba al arrendatario, pues éste tiene obligación de acreditar que se encuentra al corriente en el pago de las rentas, por lo que si no ofrece prueba alguna que acredite tal extremo, es incuestionable que no cumple con las cargas que le imponen los artículos 2290 y 2291 del Código Civil del Estado de Puebla, en cuya virtud es correcto que se declare la rescisión del contrato de arrendamiento.


SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.

Amparo directo 256/88. J.C.A.. 16 de agosto de 1988. Unanimidad de votos. Ponente: G.C.R.. Secretario: J.A.G.A..


Amparo directo 189/91. M. de los A.C.R.. 8 de mayo de 1991. Unanimidad de votos. Ponente...

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