Tesis, Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 1 de Enero de 1993 (Tesis num. I. 4o. A. J/23 de Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 01-01-1993 (Reiteración))

Número de registro217441
Número de resoluciónI. 4o. A. J/23
Fecha de publicación01 Enero 1993
Fecha01 Enero 1993
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Administrativa

La resolución de la autoridad administrativa por medio de la cual se requiere a la empresa quejosa que formule aclaraciones de las cuotas obrero patronales, no tiene la característica de definitividad requerida por el artículo 274 de la Ley del Seguro Social para impugnarla vía recurso de inconformidad previsto en dicho precepto, ya que un acto es definitivo cuando decide, resuelve o concluye un procedimiento judicial o administrativo, pero no cuando requiere al particular manifieste su acuerdo o desacuerdo en relación a una obligación, porque es obvio que tal determinación no contiene una decisión, sino una solicitud, por tanto, resulta que la definitividad de ella queda condicionada el comportamiento de éste, es decir, al hecho de que se formulen o no las aclaraciones requeridas, y dependiendo de dicho comportamiento, se resolverá lo procedente, consecuentemente es correcto el desechamiento del recurso de inconformidad que se interponga contra dicha resolución, ya que, se reitera, la determinación no decide, resuelve o concluye sobre la obligación de cubrir la cuota...

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