Tesis, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 21 de Abril de 2007 (Tesis de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito (Reiteración))

Fecha de publicación21 Abril 2007
Fecha21 Abril 2007
Número de registro253628
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaDerecho Civil,Derecho Público y Administrativo,Administrativa

EXPROPIACION. SUSPENSION. PROCEDENCIA.

Si bien es verdad que conforme a la jurisprudencia de la H. Suprema Corte de Justicia de la Nación, que bajo el rubro: "EXPROPIACION, IMPROCEDENCIA DE LA SUSPENSION TRATANDOSE DE", obra con el número 95 del Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1965, Segunda Sala (número 389, misma S., del Apéndice 1917-1975), contra la aplicación de las leyes relativas a la expropiación, por causa de utilidad publica, dictadas en beneficio social, no cabe la suspensión, con fundamento en la fracción II del artículo 124 de la Ley de A., sin embargo, el propio Alto Tribunal en la ejecutoria pronunciada en el incidente de suspensión 5576/46/2a.; B.D. viuda de Elcoro y coagraviados, sustentó el criterio de que dicha jurisprudencia no debe aplicarse mecánicamente, sino adecuarse al caso concreto tomando en consideración las peculiaridades del mismo. Ahora bien, el criterio externado por dicho Alto Tribunal en la citada ejecutoria, al interpretar los artículos respectivos de la Ley de Expropiación, permite establecer que existen casos en que la ocupación de los bienes expropiados tiene el carácter de urgente e inaplazable y en ese evento debe negarse la medida cautelar, porque de concederla se afectaría el interés social, y que fuera de esa hipótesis, es decir, no tratándose de casos en los que la ocupación del bien expropiado tenga el carácter de urgente e inaplazable, sino de aquellos en los que no exista interés imperioso para proceder a la ocupación inmediata de los bienes afectados, el juzgador deberá analizar las particularidades del caso para concluir resolviendo si procede o no otorgar el beneficio, ya que, de otro modo, se llegaría al extremo de que, como se apunta en la tesis en comentario, no obstante existir la...

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