Tesis, Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, 1 de Octubre de 1998 (Tesis num. III.3o.C. J/17 de Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Tercer Circuito, 01-10-1998 (Reiteración))

Número de registro195349
Número de resoluciónIII.3o.C. J/17
Fecha de publicación01 Octubre 1998
Fecha01 Octubre 1998
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaDerecho Procesal,Civil

Del contenido de los artículos 438, 442 y 639 del reformado Código de Procedimientos Civiles de Jalisco, se deduce que para la sustanciación del recurso de apelación es importante distinguir si se interpone contra sentencia definitiva, interlocutoria o auto; porque en la primera hipótesis, aun en el caso de los juicios sumarios hipotecarios, como tal recurso se admite únicamente en el efecto devolutivo, el recurrente no está obligado a aportar las constancias a que alude la fracción III del artículo 427 del ordenamiento invocado, ya que, de cualquier forma siempre será obligación del Juez enviar tanto el original del expediente como el escrito de agravios, por tratarse precisamente de resoluciones definitivas, lo que no ocurre en los restantes supuestos, en los que es obligación del inconforme aportar las constancias conducentes, para que junto con los mencionados agravios y los que en su caso el Juez estime pertinente o la contraria necesario, se remitan al superior.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.

PRECEDENTES:

Amparo directo 1549/96. Banco del Atlántico, S.A., Institución de Banca Múltiple, integrante del Grupo Financiero GMB-Atlántico, S.A. de C.V. 16 de mayo de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: M. de los Á.E.C.M.. Secretaria: M.M.A..

Amparo directo 1239/97. J.A.T.A.. 11 de septiembre de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: J.F.C.. Secretaria: Alba E.B.C..

Amparo directo 499/97. Refacciones y A.C., S.A. de C.V. 29 de mayo de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: J.F.C.. Secretario: Ó.J.M.A..

Amparo directo 2163/97. F.J.M.R.. 29 de enero de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: A.B.V.. Secretaria: P.J.C.A..

Amparo directo 930/98. G.A.B. viuda de H.. 11 de junio de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: J.F.C...

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