Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Vigésimo Sexto Circuito, 1 de Abril de 2005 (Tesis num. XXVI.1 C de Tribunal Colegiado del Vigésimo Sexto Circuito, 01-04-2005 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXXVI.1 C
Fecha de publicación01 Abril 2005
Fecha01 Abril 2005
Número de registro178748
MateriaDerecho Civil,Derecho Procesal,Civil

De los artículos 266 y 268 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Baja California Sur se desprende que, por regla general, la falta de contestación parcial o total de la demanda produce el efecto de tener por confesados fictamente los hechos respecto de los que se guardó silencio pero, por disposición expresa de la parte final del citado artículo 268, el principio general referido no opera cuando, entre otros, se está en presencia de asuntos que afecten las relaciones familiares y el estado civil de las personas, caso en el cual los efectos procedimentales que han de darse en el supuesto de que la demandada no conteste la demanda, o...

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