Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Vigésimo Segundo Circuito, 1 de Junio de 1996 (Tesis num. XXII.20 C de Tribunal Colegiado del Vigesimo Segundo Circuito, 01-06-1996 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXXII.20 C
Fecha de publicación01 Junio 1996
Fecha01 Junio 1996
Número de registro201994
MateriaDerecho Mercantil y de la Empresa,Derecho Procesal,Civil

El artículo 714 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Querétaro, que norma, entre otros, el recurso de apelación, no opera para este efecto de manera supletoria al Código de Comercio, habida cuenta de que el recurso de apelación en materia mercantil se encuentra debidamente regulado por los artículos 1336 al 1343 del Código de Comercio; de ahí que no se actualice la hipótesis contenida en la última parte del artículo 1054 del Código de Comercio, en cuanto a la supletoriedad de la ley de procedimientos local.


TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGESIMO SEGUNDO...

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