Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Vigésimo Segundo Circuito, 1 de Junio de 1996 (Tesis num. XXII.7 L de Tribunal Colegiado del Vigesimo Segundo Circuito, 01-06-1996 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXXII.7 L
Fecha de publicación01 Junio 1996
Fecha01 Junio 1996
Número de registro202264
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Procesal,Laboral

Como el artículo 818 de la Ley Federal del Trabajo no dispone término para formular objeciones o tachas a los testigos, cuando la prueba testimonial se desahoga por exhorto ante autoridad laboral distinta de la del conocimiento del juicio, al tenor del interrogatorio por escrito de la oferente y al pliego de repreguntas de la contraria, donde esta última obviamente está imposibilitada para formular las tachas correspondientes inmediatamente después de celebrada la diligencia; por ello, se estima que el término para promover las tachas respectivas debe establecerse a partir de los tres días siguientes a la fecha en que la Junta del conocimiento notifica a la parte interesada el auto que tiene...

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