Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Segundo Circuito, 1 de Junio de 1998 (Tesis num. XXII.2o.2 A de Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Segundo Circuito, 01-06-1998 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXXII.2o.2 A
Fecha de publicación01 Junio 1998
Fecha01 Junio 1998
Número de registro196181
MateriaDerecho Civil,Derecho Procesal,Administrativa

No se afecta el interés social con la concesión de la medida cautelar solicitada por el quejoso, contra la ejecución de resoluciones dotatorias o restitutorias dictadas por Tribunales Agrarios, si aquél acredita tener un derecho tutelado por la ley. Sin que a lo anterior sea óbice que la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en su anterior integración, hubiese sustentado la jurisprudencia 2/93, publicada en la página 10 de la Gaceta número 68 del Semanario Judicial de la Federación, bajo la voz "AGRARIO. SUSPENSIÓN IMPROCEDENTE CONTRA LA EJECUCIÓN DE RESOLUCIONES DOTATORIAS O RESTITUTORIAS, AUNQUE SE ALEGUE QUE DICHA EJECUCIÓN ES INDEBIDA.", pues de la ejecutoria en la que tiene su origen dicho criterio, se colige que desde que se promulgó la Constitución de 1917, se consideró que era de interés nacional dar pronta y debida solución al problema del reparto agrario de tierras y aguas a los núcleos solicitantes, como finalidad más importante de la reforma agraria, y que debido a ello por regla general debía negarse siempre la suspensión de los actos reclamados, dado el carácter estimado al reparto agrario, como asunto de interés nacional, el cual se consideró debía prevalecer sobre cualquier razón de otra índole, incluyendo aquellos casos en que se reclamara la indebida ejecución de una resolución presidencial, con excepción del supuesto en el que el afectado contara con certificado de inafectabilidad. Sin embargo, al haber cesado la política de reparto agrario, como eje de la propiedad tutelada en favor de la clase campesina, como consecuencia de la reforma del artículo 27 constitucional, publicada en el Diario Oficial de la Federación de seis de enero de mil novecientos noventa y dos, actualmente para otorgar...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
37 sentencias

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR