Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Primer Circuito, 1 de Mayo de 2008 (Tesis num. XXI.1o.P.A.95 A de Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal Y Administrativa del Vigésimo Primer Circuito, 01-05-2008 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXXI.1o.P.A.95 A
Fecha de publicación01 Mayo 2008
Fecha01 Mayo 2008
Número de registro169616
MateriaDerecho Público y Administrativo,Administrativa

Acorde con el artículo 12 de la Ley Orgánica del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado de Guerrero, la garantía de estabilidad en el cargo de sus Magistrados no es de carácter vitalicio, ya que les asegura la permanencia en él por un plazo cierto y determinado, que comprende desde su designación (nombramiento), hasta que se encuentran en situación de retiro por cualquiera de las hipótesis que establece el precepto invocado, esto es, por llegar al límite de edad -setenta y dos años- o por existir causas de incapacidad física o mental permanente. Lo expuesto permite establecer que existe una íntima relación entre la estabilidad en el cargo y el régimen de retiro forzoso, pues éste es un reconocimiento de aquélla, partiendo de que el servicio prestado...

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