Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Primer Circuito, 1 de Julio de 2007 (Tesis num. XXI.1o.P.A.41 P de Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal Y Administrativa del Vigésimo Primer Circuito, 01-07-2007 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXXI.1o.P.A.41 P
Fecha de publicación01 Julio 2007
Fecha01 Julio 2007
Número de registro171977
MateriaDerecho Penal,Derecho Constitucional,Derecho Procesal,Penal

De la interpretación sistemática de los artículos 16, segundo párrafo y 20, apartado A, fracción V y último párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se advierte que cuando el acusado ofrece pruebas en la averiguación previa, éstas deben ser valoradas por la autoridad judicial al proveer lo relativo a la orden de captura y no cabe posponer su apreciación hasta el auto de término constitucional o la sentencia definitiva, ya que así se salvaguarda el derecho de defensa que aquél ejerció con el propósito de desvirtuar el material de cargo del Ministerio Público sobre su probable responsabilidad en la comisión del delito que se le atribuye, sin que en contrario exista apoyo legal que respalde tal postergación. En ese tenor, si en el caso el material probatorio desahogado consiste en testimoniales para desvirtuar las pruebas de cargo recabadas por la representación...

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