Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Vigésimo Primer Circuito, 1 de Julio de 2007 (Tesis num. XXI.2o.P.A.58 A de Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal Y Administrativa del Vigésimo Primer Circuito, 01-07-2007 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXXI.2o.P.A.58 A
Fecha de publicación01 Julio 2007
Fecha01 Julio 2007
Número de registro171959
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal,Administrativa

De la interpretación de los artículos 81 y 83, párrafos cuarto a noveno y décimo primero de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero; 2o., 76, 78, 79, fracción X y 81, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Guerrero Número 129, se colige que el Consejo de la Judicatura es un órgano del Poder Judicial con independencia técnica, de gestión y para emitir sus dictámenes y resoluciones; que tiene a su cargo la administración, vigilancia y disciplina de dicho Poder, con excepción del Pleno, las Salas y los Magistrados del Tribunal Superior de Justicia; que se integra por cinco miembros de los cuales uno será el presidente del máximo tribunal estatal, quien también lo será del consejo y tendrá voto de calidad en caso de empate, dos consejeros nombrados por el gobernador y aprobados por el Congreso del Estado, en los términos establecidos por la Constitución Política Local, y dos consejeros designados por el Pleno del tribunal, uno de entre los Magistrados y otro de entre los Jueces de Primera Instancia, aprobados por el voto de cuando menos doce de sus integrantes; que dicho consejo funcionará en Pleno o en comisiones y tendrá competencia para proponer al Pleno del Tribunal Superior de Justicia todas las medidas que estime conducentes para eficientar la administración de justicia, así como, entre otras atribuciones, recibir, tramitar y resolver las quejas de carácter administrativo por faltas en el despacho de los asuntos que se tramitan ante las Salas del propio tribunal, juzgados y dependencias a su cargo, excepto cuando se trate de quejas...

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