Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Primer Circuito, 1 de Octubre de 1994 (Tesis num. XXI. 1o. 105 K de Primer Tribunal Colegiado del Vigesimo Primer Circuito, 01-10-1994 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXXI. 1o. 105 K
Fecha de publicación01 Octubre 1994
Fecha01 Octubre 1994
Número de registro210173
MateriaDerecho Procesal,Común

Si el Tribunal de apelación no analiza con profundidad y circunstanciadamente los agravios expuestos por el apelante, aun cuando éstos resulten infundados, viola los principios consagrados en los artículos 14 y 16 constitucionales, o sea del debido proceso legal y de legalidad, que exigen en materia penal, como en cualquier otra, que cualquier circunstancia invocada por el recurrente sea analizada explícitamente, por sí sola y en conjunción de los demás datos y argumentos que aparezcan en autos con la posibilidad en esta clase de juicios de la suplencia de la queja, para que no quede duda, en su caso, acerca de la responsabilidad penal de una persona. Por tanto, la...

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