Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Primer Circuito, 1 de Abril de 2000 (Tesis num. XXI.1o.99 C de Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Primer Circuito, 01-04-2000 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXXI.1o.99 C
Fecha de publicación01 Abril 2000
Fecha01 Abril 2000
Número de registro192043
MateriaDerecho Civil,Derecho Público y Administrativo,Derecho Procesal,Civil

Tomando en consideración que las diligencias preliminares de consignación, se encuentran comprendidas en el libro segundo, título primero, del Código Procesal Civil del Estado de Guerrero, en donde también se establecen los medios preparatorios a juicio en general, deben tenerse a aquéllas como un caso análogo a éstos, para la procedencia del amparo indirecto, en razón de que las diligencias de consignación de pago, no resuelven en cuanto a la inexistencia o nulidad del acto generador de la obligación que el oferente del pago pretende liberar, cuestión que se refiere al fondo del asunto, sino que sólo pueden servir de apoyo a la acción o excepción que en su caso y oportunidad se intenten en el juicio contencioso correspondiente; por cuya razón, la resolución que confirma la interlocutoria que aprueba las citadas diligencias de consignación de pago, constituye...

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