Tesis Aislada, Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Primer Circuito, 1 de Junio de 2003 (Tesis num. XXI.3o.14 A de Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Primer Circuito, 01-06-2003 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXXI.3o.14 A
Fecha de publicación01 Junio 2003
Fecha01 Junio 2003
Número de registro184154
MateriaDerecho Procesal,Administrativa

El artículo 207, párrafo segundo, del Código Fiscal de la Federación permite concluir que el legislador se propuso proteger el derecho de defensa de los habitantes de la República mexicana, al establecer que cuando el actor tenga su domicilio fuera de la población donde esté la sede de la Sala, puede enviar su demanda por correo certificado con acuse de recibo siempre que el envío se efectúe en el lugar en que resida el demandante. Sin embargo, siguiendo el método teleológico de interpretación que, de ordinario, es más seguro que el meramente gramatical, se establece que esa facultad es también aplicable a la parte demandada, dado que procesalmente se encuentra en las mismas condiciones que el accionante, cuando su domicilio se ubica fuera del lugar donde radica la Sala. Por tanto, la presentación de la contestación podrá hacerse en la oficina de correos, pues donde existe idéntica razón debe aplicarse la misma disposición, máxime que tanto perjuicio puede acarrear a la parte...

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