Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Octavo Circuito, 1 de Marzo de 1999 (Tesis num. XVIII.2o.2 A de Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Octavo Circuito, 01-03-1999 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXVIII.2o.2 A
Fecha de publicación01 Marzo 1999
Fecha01 Marzo 1999
Número de registro194381
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Procesal,Administrativa

Para que se estime cabalmente cumplida la garantía de audiencia contenida en el artículo 14 constitucional, en un procedimiento administrativo seguido en forma de juicio, en el que no se establecieron minuciosa y detalladamente las formalidades esenciales, es necesario que, ante el imperativo del precepto citado, la autoridad responsable dé vista a la contraparte con las pruebas rendidas por la oferente, a efecto de que esté en aptitud legal de realizar las objeciones que considere convenientes en relación con tales probanzas, esto es, para que pueda controvertirlas o...

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