Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Séptimo Circuito, 21 de Junio de 2007 (Tesis num. XVII.1o.P.A.36 A de Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal Y Administrativa del Décimo Séptimo Circuito, 01-04-2007 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXVII.1o.P.A.36 A
Fecha de publicación21 Junio 2007
Fecha21 Junio 2007
Número de registro172781
MateriaDerecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Procesal,Administrativa

El numeral 17 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo dispone que en las hipótesis ahí referidas, se podrá ampliar la demanda dentro de los veinte días siguientes a aquel en que surta efectos la notificación del acuerdo que admita su contestación, lo cual implica que, en estos casos, la Sala Fiscal deba conceder ese término en el proveído dictado al recibirse aquélla, ya que de lo contrario se dejaría en estado de indefensión a la demandante respecto de las argumentaciones y pruebas expuestas y ofrecidas por la otra, pues el que resulte o no fundada la ampliación de la demanda sólo podrá determinarse con las constancias que al efecto se acompañen al escrito de contestación, así como con los conceptos de impugnación que adicione la quejosa en el de ampliación de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR