Tesis Aislada, , 1 de Marzo de 2001 (Tesis num. XVII.1o.6 K de Primer Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito, 01-03-2001 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXVII.1o.6 K
Fecha de publicación01 Marzo 2001
Fecha01 Marzo 2001
Número de registro190104
MateriaDerecho Constitucional,Derecho Procesal,Común

La Ley de Amparo no prevé que el superior jerárquico de las autoridades responsables tenga la calidad de parte en el incidente de cumplimiento sustituto de la ejecutoria de amparo, en la vía del pago de daños y perjuicios, pues en su artículo 5o. prevé de manera limitativa quiénes tienen el carácter de partes en el juicio de amparo y entre ellas no se contempla al superior jerárquico de la autoridad o autoridades responsables, por lo que al no corresponderle ese carácter de parte en el juicio de garantías, no está legitimado para intervenir como tal en el mencionado incidente; opinión que ya ha sustentado este órgano colegiado en la tesis identificable bajo el rubro: "EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE AMPARO. EN EL INCIDENTE PARA OBTENER SU CUMPLIMIENTO SUSTITUTO POR LA VÍA DEL PAGO DE DAÑOS Y PERJUICIOS, EL SUPERIOR JERÁRQUICO DE LAS AUTORIDADES RESPONSABLES NO ES PARTE.", visible en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, T.V., correspondiente a enero de mil novecientos noventa y ocho, página 1091; consecuentemente...

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