Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito, 1 de Octubre de 2002 (Tesis num. XVII.4o.5 K de Cuarto Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito, 01-10-2002 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXVII.4o.5 K
Fecha de publicación01 Octubre 2002
Fecha01 Octubre 2002
Número de registro185828
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal,Común

Del contenido de los artículos 163 y 169 de la Ley de Amparo, no se desprende que a partir del auto admisorio de la demanda precluya el derecho del quejoso para ampliarla; por tanto, si el libelo de ampliación se presenta ante la responsable dentro del término de quince días que para la presentación de la demanda prevé el numeral 21 del citado ordenamiento legal, dicha ampliación es procedente y se deben analizar los actos reclamados y los conceptos de violación que en ella se hagan valer, máxime que dicho precepto legal no establece la obligación de...

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