Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Décimo Séptimo Circuito, 1 de Febrero de 2006 (Tesis num. XVII.1o.C.T.31 K de Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil Y de Trabajo del Décimo Séptimo Circuito, 01-02-2006 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXVII.1o.C.T.31 K
Fecha de publicación01 Febrero 2006
Fecha01 Febrero 2006
Número de registro176043
MateriaDerecho Procesal,Común

El hecho de que en las sentencias que emitan los Tribunales Colegiados de Circuito, no se transcriban los agravios hechos valer, no infringe disposiciones de la Ley de Amparo, a la cual sujetan su actuación, pues el artículo 77 de dicha legislación, que establece los requisitos que deben contener las sentencias, no lo prevé así, ni existe precepto alguno que establezca esa obligación; además de que dicha omisión no deja en estado de indefensión a la parte recurrente, puesto que es de quien provienen dichos motivos de...

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