Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Sexto Circuito, 1 de Enero de 1995 (Tesis num. XVI.2o. 47 C de Segundo Tribunal Colegiado del Decimo Sexto Circuito, 01-01-1995 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXVI.2o. 47 C
Fecha de publicación01 Enero 1995
Fecha01 Enero 1995
Número de registro209558
MateriaDerecho Procesal,Civil

De conformidad con lo establecido en la fracción I del artículo 192 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, la acción directa contra el librador y contra sus avalistas prescribe en seis meses, contados desde que concluya el plazo de presentación. En consecuencia, si el artículo 181, fracción I, del propio ordenamiento legal, estipula que los cheques deben presentarse para su pago dentro de los quince días naturales que sigan al de su fecha, si fueren pagaderos en el mismo lugar de su expedición; debe concluirse que el término para el ejercicio de la acción cambiaria habrá de computarse a partir de la fecha en que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR