Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Décimo Noveno Circuito, 1 de Octubre de 2009 (Tesis num. XIX.1o.A.C.53 C de Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa Y Civil del Décimo Noveno Circuito, 01-10-2009 (Tesis Aisladas))

Número de registro166072
Número de resoluciónXIX.1o.A.C.53 C
Fecha de publicación01 Octubre 2009
Fecha01 Octubre 2009
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXX, Octubre de 2009; Pág. 1643
MateriaCivil

Si bien es cierto que conforme al artículo 1203 del Código de Comercio, constituye una regla general el que el recurso de apelación proceda contra los autos que admitan o desechen pruebas, con la condición de que la sentencia del juicio principal sea apelable; también lo es que esta hipótesis no se surte cuando se trata de asuntos de cuantía inferior a los doscientos mil pesos, o el procedimiento se ventile ante juzgados menores o de paz, según el dispositivo 1340 del código de referencia. En ese tenor, para combatir resoluciones como las indicadas...

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