Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito, 1 de Agosto de 2009 (Tesis num. XIX.2o.3 L de Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito, 01-08-2009 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXIX.2o.3 L
Fecha de publicación01 Agosto 2009
Fecha01 Agosto 2009
Número de registro166549
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXX, Agosto de 2009; Pág. 1728
MateriaLaboral

Cuando en un juicio se demanda del Instituto Mexicano del Seguro Social y del sindicato el derecho de preferencia para ocupar un puesto escalafonario, y se llama también a la persona que ocupa la plaza reclamada, resulta improcedente suplirle a ésta los conceptos de violación planteados en su demanda de garantías promovida contra el laudo que decretó la procedencia de la acción, dado que, aun cuando dicha codemandada tenga el carácter de trabajadora, este carácter también lo tiene la accionante del juicio laboral y, en ese sentido, se neutraliza la situación legal existente al no presentarse desequilibrio procesal alguno entre las partes; además, la referida codemandada colitiga con las diversas personas morales demandadas con intereses afines, en donde el...

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