Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito, 1 de Agosto de 2007 (Tesis num. XIX.1o.17 L de Primer Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito, 01-08-2007 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXIX.1o.17 L
Fecha de publicación01 Agosto 2007
Fecha01 Agosto 2007
Número de registro171684
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Laboral

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la jurisprudencia 2a./J. 27/98, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, T.V., mayo de 1998, página 524, de rubro: "SEGURO SOCIAL. LA CARGA DE LA PRUEBA DE LAS COTIZACIONES DE LOS TRABAJADORES QUE SIRVEN DE BASE SALARIAL PARA DETERMINAR LA CUANTIFICACIÓN DE LAS PENSIONES QUE PREVÉ LA LEY RELATIVA, CORRESPONDE AL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL.", determinó que la carga de la prueba de las cotizaciones de los trabajadores que sirven de base salarial para determinar la cuantificación de las pensiones que prevé la ley relativa, corresponde al Instituto Mexicano del Seguro Social por ser quien posee los comprobantes e información idónea para acreditar el tiempo de cotización, el registro e inscripción de los trabajadores para efectos del seguro social obligatorio, sus altas y bajas, así como la anotación de los salarios y sus...

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