Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito, 1 de Agosto de 1996 (Tesis num. XIX.2o.16 C de Segundo Tribunal Colegiado del Decimo Noveno Circuito, 01-08-1996 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXIX.2o.16 C
Fecha de publicación01 Agosto 1996
Fecha01 Agosto 1996
Número de registro201699
MateriaDerecho Mercantil y de la Empresa,Civil

En términos de lo dispuesto por el artículo 68 de la Ley de Instituciones de Crédito en relación con el artículo 1391 del Código de Comercio, tratándose de acciones mercantiles que se derivan de títulos de crédito que por su naturaleza traen aparejada ejecución inmediata, los mismos, deben ser exhibidos con la demanda por tratarse de documentos base de la acción, para así saber hasta qué monto procederá la ejecución respectiva, no pudiéndose presentar durante la tramitación del juicio, pues ello deja en estado de indefensión a la parte contraria, quien no estaría en condiciones de oponerse con pleno conocimiento de causa respecto a...

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