Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito, 1 de Noviembre de 2004 (Tesis num. XIX.1o.38 L de Primer Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito, 01-11-2004 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXIX.1o.38 L
Fecha de publicación01 Noviembre 2004
Fecha01 Noviembre 2004
Número de registro180134
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Público y Administrativo,Laboral

De una interpretación de las cláusulas 1, 55, 55 bis y 135 del Contrato Colectivo de Trabajo que rige las relaciones obrero-patronales entre el Instituto Mexicano del Seguro Social y sus trabajadores, bienio 1999-2001, se concluye que para la rescisión de la relación de trabajo debe llevarse a cabo una investigación administrativa en la que se levantarán las actas respectivas; que a tal investigación debe citarse al empleado con treinta y seis horas de anticipación, y que debe verificarse dentro de la jornada de labores con la intervención del sindicato, ello con la finalidad de dar oportunidad al empleado de defenderse de las causas que se le imputan; y si bien dichas...

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