Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito, 1 de Junio de 2006 (Tesis num. XIX.1 C de Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito, 01-06-2006 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXIX.1 C
Fecha de publicación01 Junio 2006
Fecha01 Junio 2006
Número de registro174863
MateriaDerecho Procesal,Civil

De la interpretación literal y teleológica de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, se advierte que para que opere la prescripción de la acción cambiaria directa prevista en su artículo 192, fracción I, es necesario que el cheque no sea presentado para su cobro dentro de los plazos establecidos en el artículo 181 del ordenamiento en cita y, además, que el librador o el avalista contra los que se endereza la acción cambiaria directa demuestren en el juicio haber tenido fondos suficientes para su pago dentro del periodo antes aludido ya que, de lo contrario, la extinción de la acción en mención por el transcurso del tiempo se rige por la regla general de la prescripción mercantil.


TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO NOVENO CIRCUITO.

Amparo directo 700/2005. Impulso Comercial Internacional, S.A. de C.V. 9 de marzo de 2006. Unanimidad de votos. Ponente: J.M.Q.M.. Secretaria: A.M.T.R..


Notas:


Esta tesis contendió en la contradicción 85/2007 que fue declarada sin materia...

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