Tesis Aislada, Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Décimo Cuarto Circuito, 1 de Diciembre de 2011 (Tesis num. XIV.C.A.44 A (9a.) de Tribunal Colegiado en Materias Civil Y Administrativa del Décimo Cuarto Circuito, 01-12-2011 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXIV.C.A.44 A (9a.)
Fecha de publicación01 Diciembre 2011
Fecha01 Diciembre 2011
Número de registro160497
Localizador10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro III, Diciembre de 2011, Tomo 5; Pág. 3874
MateriaAdministrativa

La circunstancia de que el recurso de revocación previsto en el artículo 120 del Código Fiscal de la Federación no haya sido resuelto en cuanto al fondo, por estimar la autoridad administrativa que se interpuso extemporáneamente, no permite impugnar mediante el juicio contencioso administrativo la resolución en él controvertida, aunque se esté en tiempo para ello, en virtud de que operó una sustitución procesal, es decir, la resolución primitiva quedó jurídicamente sustituida por la del mencionado recurso, y esta última es la que tiene el carácter de definitiva para efectos de la procedencia del juicio, cuya materia será dilucidar si aquél se interpuso en tiempo. Admitir lo contrario implicaría que el particular tenga doble oportunidad...

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