Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Décimo Tercer Circuito, 1 de Febrero de 2004 (Tesis num. XIII.1o.13 A de Primer Tribunal Colegiado del Décimo Tercer Circuito, 01-02-2004 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXIII.1o.13 A
Fecha de publicación01 Febrero 2004
Fecha01 Febrero 2004
Número de registro182199
MateriaDerecho Fiscal,Administrativa

De la interpretación sistemática de los artículos 55 y 59, ambos del Código Fiscal de la Federación, se concluye que estos preceptos no se contradicen, sino que se complementan, pues el primero de ellos establece los casos en que procede la estimación presuntiva de los ingresos del contribuyente, y el segundo los medios para realizarla. Esto es, el citado numeral 55 establece los casos de determinación presuntiva de utilidad fiscal, ingresos y valor de actividades o activos; en tanto que el diverso 59 establece los medios legales a través de los cuales la autoridad fiscal puede realizar la aludida determinación presuntiva. De manera que si el contribuyente omitió registrar en su contabilidad y manifestar en sus declaraciones trimestrales definitivas el valor de actos o actividades en cantidad que representa más del tres por ciento respecto de la manifestación en sus declaraciones, y que corresponde a depósitos realizados en una cuenta bancaria a su nombre, su conducta permite, salvo prueba en contrario de su parte, que se le determine...

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