Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado del Octavo Circuito, 1 de Febrero de 1995 (Tesis num. VIII.2o.72 C de Segundo Tribunal Colegiado del Octavo Circuito, 01-02-1995 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVIII.2o.72 C
Fecha de publicación01 Febrero 1995
Fecha01 Febrero 1995
Número de registro209227
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal,Civil

De conformidad con los artículos 107, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 161, fracción I, de la Ley de Amparo, para que puedan analizarse en el amparo directo las violaciones del procedimiento, es necesario que se impugnen por el interesado en el curso mismo del procedimiento mediante el recurso ordinario y dentro del término que la ley respectivamente señale; y si el recurso fuere desechado o declarado improcedente, se deberá invocar la violación como agravio en la segunda instancia, si se cometió en la primera. Ahora bien, como el Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Durango, funciona en Pleno o en Salas Colegiadas o Unitarias, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 5 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado Libre y Soberano de Durango y la competencia que tienen dichos órganos es distinta, debe concluirse que aunque la Sala Unitaria haya resuelto la apelación que se interpuso contra la resolución dictada en el incidente de nulidad de actuaciones por defecto en el emplazamiento, como la violación se cometió en primera instancia, la Sala Colegiada debe ocuparse de los agravios que se le formulen dentro del recurso de apelación que se haga valer en contra de la sentencia de primera instancia, debido a que de acuerdo con la norma constitucional invocada que está por encima de la ley orgánica citada, si el interesado está obligado a preparar el amparo directo impugnando las violaciones de procedimiento a través de los recursos ordinarios, y si fuere éste declarado improcedente, invocar la violación como agravio en la segunda instancia, lógico es concluir que tiene a su vez el derecho correlativo a que se...

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