Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Octavo Circuito, 1 de Noviembre de 1996 (Tesis num. VIII.1o.5 C de Primer Tribunal Colegiado del Octavo Circuito, 01-11-1996 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVIII.1o.5 C
Fecha de publicación01 Noviembre 1996
Fecha01 Noviembre 1996
Número de registro200920
MateriaDerecho Procesal,Civil

Conforme a lo dispuesto en el Convenio de Panamá, de fecha trece de enero de mil novecientos setenta y cinco, que suscribieron los países miembros de la Organización de Estados Americanos, relativa a la Convención Interamericana sobre E. o Cartas Rogatorias; su artículo 2o., establece que dicha Convención se aplicará a los exhortos o cartas rogatorias expedidas en actuaciones y procesos en materia civil o comercial por los órganos jurisdiccionales de uno de los Estados partes en esa Convención, y que tengan por objeto: a).- La realización de actos procesales de mero trámite, tales como notificaciones, citaciones o emplazamientos en el extranjero; b).- La recepción y obtención de pruebas e informes en el extranjero, salvo reserva expresa al respecto; y en el artículo 13, expresamente se autoriza a los funcionarios consulares o agentes diplomáticos de los...

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