Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Octavo Circuito, 1 de Enero de 1997 (Tesis num. VIII.1o.11 L de Primer Tribunal Colegiado del Octavo Circuito, 01-01-1997 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVIII.1o.11 L
Fecha de publicación01 Enero 1997
Fecha01 Enero 1997
Número de registro199651
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Laboral

Aun cuando existe criterio jurisprudencial de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, consultable con el número 228, visible en la página 149 del Tomo V del Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, que aparece publicado bajo la voz de "HORAS EXTRAS. RECLAMACIONES INVEROSIMILES", en el que se establece que la reclamación de horas extras es inverosímil, cuando se basa en una jornada excesiva que afirman los trabajadores laboraban, que les impide contar con el tiempo suficiente para satisfacer sus necesidades fisiológicas que requiere el ser humano para subsistir, como las de sueño, comida, aseo y desarrollo de su vida social y familiar; ello debe entenderse en relación con trabajos que requieren una actividad física constante, pudiendo la Junta apartarse del resultado formalista de las pruebas y fallar con apego a la verdad material deducida de la razón. Empero, tratándose de la actividad que desempeñan los veladores, no constituye una reclamación inverosímil el que en este tipo de trabajo se laboren...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
3 sentencias

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR