Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado del Octavo Circuito, 1 de Diciembre de 2004 (Tesis num. VIII.4o.6 P de Cuarto Tribunal Colegiado del Octavo Circuito, 01-12-2004 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVIII.4o.6 P
Fecha de publicación01 Diciembre 2004
Fecha01 Diciembre 2004
Número de registro179997
MateriaDerecho Procesal,Penal

Dentro de las reglas generales que establece el Código de Procedimientos Penales del Estado de Coahuila para la tramitación de los juicios ordinarios, se encuentra la señalada en el artículo 555, en cuya fracción I contempla el recurso de apelación para combatir, sin efecto suspensivo, una sentencia absolutoria. Mientras que los artículos 502 y 504 del mismo ordenamiento previenen, respectivamente, en la parte que interesa, que la tramitación de los juicios sumarios se sujetará a las disposiciones especiales previstas para tal efecto y que serán aplicables a la vía sumaria los artículos relativos al juicio en la vía ordinaria; asimismo, que en los juicios sumarios sólo será admisible la apelación cuando se interponga contra los autos que decreten o nieguen el sobreseimiento por desistimiento de la acción penal. En consecuencia...

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