Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado del Octavo Circuito, 1 de Mayo de 2005 (Tesis num. VIII.4o.9 L de Cuarto Tribunal Colegiado del Octavo Circuito, 01-05-2005 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | VIII.4o.9 L |
Fecha de publicación | 01 Mayo 2005 |
Fecha | 01 Mayo 2005 |
Número de registro | 178281 |
Materia | Derecho Laboral y Seguridad Social,Laboral |
El Estatuto Jurídico para los Trabajadores al Servicio del Estado de Coahuila, en su artículo 7o. establece la supletoriedad, entre otros ordenamientos, de la Ley Federal del Trabajo, la cual está condicionada a situaciones no previstas en ese ordenamiento jurídico; sin embargo, tal figura procesal no es aplicable cuando la cuestión a dilucidar la constituya el aspecto relacionado con la categoría de un trabajador, si es de base o de confianza, en virtud de que el citado estatuto contiene capítulos especiales en los que especifica quiénes son trabajadores de base y de confianza; y en relación con estos últimos el artículo 22 señala de manera expresa, clara, precisa y limitativamente los puestos que tienen esa categoría; consecuentemente, al no contener el referido estatuto lagunas en relación con los...
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 09-05-2007 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 489/2007)
...NO ES APLICABLE SUPLETORIAMENTE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.” (Se transcribe). De igual forma se comparte el criterio contenido en la tesis VIII.4º.9L, por el Cuarto Tribunal Colegiado del mismo Circuito, localizable en el tomo XXI del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, corresp......