Tesis Aislada, , 1 de Marzo de 2001 (Tesis num. VII.1o.A.T.40 A de Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa Y de Trabajo del Séptimo Circuito, 01-03-2001 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVII.1o.A.T.40 A
Fecha de publicación01 Marzo 2001
Fecha01 Marzo 2001
Número de registro190127
MateriaDerecho Fiscal,Administrativa

De conformidad con el artículo 22 del Código Fiscal de la Federación, es "pago indebido" aquel que se realiza respecto de una contribución determinada y con relación a la cual se haya obtenido resolución firme, total o parcialmente favorable, sin que para así considerarlo, se exija que en la sentencia se haga referencia al aspecto sustantivo de la no adecuación de la hipótesis normativa de causación; por consiguiente, si el ejercicio de la acción del pago de lo indebido, no está sujeto a requisito previo alguno, de conformidad con el numeral en cita y no subordina el ejercicio de la acción anulatoria de la negativa a la devolución de lo indebidamente pagado a ningún requisito, entonces tal exigencia por parte del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa o alguna de sus Salas Regionales, es indebida por no...

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