Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Séptimo Circuito, 1 de Enero de 2011 (Tesis num. VII.1o.C.11 K de Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Séptimo Circuito, 01-01-2011 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónVII.1o.C.11 K
Fecha de publicación01 Enero 2011
Fecha01 Enero 2011
Número de registro163149
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXXIII, Enero de 2011; Pág. 3188
MateriaComún

Si del análisis a las constancias que conforman el sumario constitucional, se aprecia que el quejoso comparece a manifestar su imposibilidad material momentánea para recoger y pagar los edictos ordenados, relativos al emplazamiento del tercero perjudicado, solicitando se le conceda un plazo perentorio para cumplir cabalmente con lo ordenado, cuando aún se encuentra corriendo el término de tres días que le fue concedido por el Juez federal, dicho juzgador, en atención a ese impedimento material momentáneo manifestado dentro del término concedido, y tomando en cuenta que el juicio de amparo es un procedimiento de orden público que se rige por los principios de buena fe y economía procesal, debe acordar favorablemente su petición, atendiendo a su afirmación y a la constancia relativa que al efecto anexe para apoyar esa imposibilidad, pues con ello evidencia su interés en la sustanciación del juicio, dado que no se está negando a lo ordenado, sino sólo está solicitando un plazo perentorio para estar en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR