Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Décimo Primer Circuito, 1 de Septiembre de 1993 (Tesis de Primer Tribunal Colegiado del Decimo Primer Circuito, 01-09-1993 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Septiembre 1993
Fecha01 Septiembre 1993
Número de registro215023
MateriaDerecho Civil,Civil

La interpretación sistemática y no gramatical, del artículo 1044 del Código Procesal Civil de Michoacán, permite entender que el legislador, al expresar que tienen derecho a ejercer la acción de petición de herencia, los herederos o legatarios que no se hayan presentado al juicio sucesorio, se refirió a los sujetos que, ostentándose con alguna de esas calidades, no hubieran sido reconocidos como tales en el juicio sucesorio, a causa de que se les excluyó en forma expresa o porque no se presentaron a deducir derechos; de modo que, aunque algunos de ellos hubiesen comparecido al juicio sucesorio, si al resolverse la primera sección de éste, no se les reconoció el derecho a suceder al autor de la herencia, quedan en condiciones de ejercer, en juicio autónomo, la acción prevista por los artículos 13 y 14 del enjuiciamiento civil de Michoacán, tanto más que en estos numerales no se establece que dicha...

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