Tesis Aislada, Primer Tribunal Colegiado del Décimo Circuito, 1 de Septiembre de 1993 (Tesis de Primer Tribunal Colegiado del Decimo Circuito, 01-09-1993 (Tesis Aisladas))

Fecha de publicación01 Septiembre 1993
Fecha01 Septiembre 1993
Número de registro215085
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Laboral

En principio, tratándose de riesgos de trabajo, los patrones son responsables del pago de las indemnizaciones que resulten y el artículo 502 de la Ley Federal del Trabajo, señala que en caso de muerte del trabajador, la indemnización relativa será la cantidad equivalente al importe de 730 días de salario, pero en el artículo 60 de la Ley del Seguro Social vigente desde el primero de abril de mil novecientos setenta y tres, se establece que el Instituto Mexicano del Seguro Social se subroga en la obligación que la Ley Federal del Trabajo impone a los patrones en materia de riesgos de trabajo, cuando aseguran a sus trabajadores en contra de tales riesgos, estimándose que existe una equivalencia jurídica entre las prestaciones que cubre el Instituto por la muerte de un trabajador a consecuencia de un riesgo de trabajo y las que señala la ley laboral, aun cuando aquéllas se paguen en forma de pensiones o prestaciones periódicas, puesto que...

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