Tesis Aislada, Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito, 1 de Septiembre de 1994 (Tesis num. XX. 113 L de Tribunal Colegiado del Vigesimo Circuito, 01-09-1994 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónXX. 113 L
Fecha de publicación01 Septiembre 1994
Fecha01 Septiembre 1994
Número de registro210695
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social,Laboral

Es correcto el proceder del Tribunal del Servicio Civil al dejar sin efecto la orden de comisión provisional (cambio de adscripción) y ordenar la reinstalación del quejoso, si la patronal no expresa fundamento alguno para apoyar dicha orden de comisión, ya que tratándose de un trabajador de base, la Ley del Servicio Civil en su artículo 14, establece que para trasladar a un trabajador de base, de una población a otra, el titular de la dependencia dará a conocer previamente al trabajador las causas de su traslado y cubrirá los gastos que el cambio origine, a excepción de aquellos casos en los que el traslado sea por solicitud del trabajador o por una sanción que le haya sido impuesta, y fuera de estos casos, se consideran como causas de traslado del trabajador, la reorganización o la necesidad del servicio, y la desaparición del centro de trabajo. Por tanto, si no expresa ninguna de esas causas como fundamento del traslado del trabajador, el...

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