Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 1 de Septiembre de 2002 (Tesis num. I.4o.A.373 A de Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 01-09-2002 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | I.4o.A.373 A |
Fecha de publicación | 01 Septiembre 2002 |
Fecha | 01 Septiembre 2002 |
Número de registro | 185885 |
Materia | Derecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Procesal,Administrativa |
Para que las Salas del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa puedan proceder a estudiar en primer término los conceptos de impugnación que ven al "fondo del asunto" de la resolución impugnada, es necesario que se den los siguientes presupuestos: a) Que el procedimiento previo a la resolución esté totalmente concluido; b) Se haya fijado adecuadamente la litis o contenido del acto, así como desahogados y reunidos los elementos para la toma de la decisión; y, c) Se hayan analizado integralmente los elementos litigiosos. En tal contexto, la falta del primer presupuesto originará una violación procedimental y la falta de los dos últimos dará pauta a una violación de carácter formal (relacionada con la aplicación de las reglas de juzgamiento, especialmente cuando se falte a la congruencia, exhaustividad y motivación al emitir la resolución), eventos que no permiten concluir que se hayan seguido por la autoridad administrativa todos los pasos, evaluaciones y consideraciones previas para estar en posibilidad, desde el punto de vista procesal y formal, de arribar o llegar a una decisión regular y susceptible de definir y resolver el fondo del conflicto. Por tanto, no es óbice que el artículo 237, segundo párrafo, del código tributario ordene que las Salas del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa procederán a analizar preferentemente las violaciones de fondo o por incompetencia -conducentes a declarar una nulidad lisa y llana- en relación con las violaciones formales o procedimentales -conducentes a declarar una nulidad para efectos-, principio que será aplicable siempre y cuando el acto impugnado en el juicio contencioso...
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Tesis Aislada, Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 15 de Mayo de 2007 (Tesis num. 175 de Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito (Tesis Aisladas))
...Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, T.X., septiembre de 2002, página 1450, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis I.4o.A.373 A....