Tesis Aislada, Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 1 de Septiembre de 2002 (Tesis num. I.7o.A.192 A de Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, 01-09-2002 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.7o.A.192 A
Fecha de publicación01 Septiembre 2002
Fecha01 Septiembre 2002
Número de registro185957
MateriaDerecho Fiscal,Administrativa

No obstante que la parte quejosa no acredite en el incidente de suspensión que cuenta con la inscripción en el Padrón General de Importadores, el pedimento de importación de mercancías es suficiente para acreditar su interés a efecto de solicitar y obtener la suspensión definitiva; esto es así, porque si no contara con esa inscripción no podría efectuar la importación de mercancías, pues en términos del artículo 59, fracción IV, de la Ley Aduanera, quienes realicen una importación deberán cumplir, sin perjuicio de las demás obligaciones previstas en dicha ley, con la inscripción en el padrón de importadores a cargo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, tanto más si en el referido pedimento se encuentra asentado el acuse electrónico de validación; por ende, con el mencionado documento se presume que la quejosa cuenta con la aludida inscripción.


SÉPTIMO TRIBUNAL...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR