Tesis Aislada, Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 1 de Septiembre de 2002 (Tesis num. I.14o.C.3 K de Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, 01-09-2002 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónI.14o.C.3 K
Fecha de publicación01 Septiembre 2002
Fecha01 Septiembre 2002
Número de registro185963
MateriaDerecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal,Común

Aun cuando el incidente de nulidad de actuaciones verse sobre defectos en el emplazamiento y constituyan éstos la infracción procesal de mayor magnitud en un procedimiento, ello no hace procedente el amparo en la vía biinstancial contra la resolución dictada en el mismo si dicha incidencia se promovió y resolvió antes del dictado del fallo definitivo, ya que no es un acto de imposible reparación, en virtud de que no producirá de manera inmediata una afectación a los derechos fundamentales de quien promueve el amparo, cuenta habida de que puede obtener un fallo definitivo favorable, con lo que desaparecerían fácticamente las violaciones en el emplazamiento que se hubieren cometido en su contra. En caso contrario, podrá impugnar la resolución recaída al incidente, como violación intraprocesal, en amparo directo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 159, fracción V, de la Ley de Amparo.


DÉCIMO CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

Amparo en revisión 133/2002. F.F.V.. 18 de abril de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: M.C.A.F.. Secretaria: R.d.C.S.B..


Véase: A. al Semanario Judicial de la Federación 1917-2000, Tomo VI, Materia Común, página 270, tesis 321, de rubro: "NULIDAD DE ACTUACIONES. EN CONTRA DE LA RESOLUCIÓN...

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