Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, 1 de Septiembre de 2006 (Tesis num. II.2o.P.205 P de Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, 01-09-2006 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | II.2o.P.205 P |
Fecha de publicación | 01 Septiembre 2006 |
Fecha | 01 Septiembre 2006 |
Número de registro | 174199 |
Materia | Derecho Penal,Derecho Procesal,Penal |
El testimonio tiene el carácter de irrevocable, es decir, la declaración emitida originalmente, considerada como un acto en sí y por sí, no puede ser objeto de revocación. La revocación de los efectos jurídicos de una declaración testimonial, que se supone resultado de una experiencia empírica, vivida, histórica, consciente y voluntariamente expuesta, es inconcebible. A diferencia de lo que ocurre con las declaraciones de simple carácter civilista o común, entendidas como de voluntad, en donde los efectos pueden determinarse, modificarse o extinguirse, en el caso del proceso penal y, particularmente, en lo que se refiere a la declaración testimonial, que presupone una narración consciente y libre de un hecho vivido sensorialmente por una experiencia empírica de un hecho histórico, no puede ser revocable el contenido y los efectos jurídicos de ese acto de transmisión dado, pues resulta elementalmente lógico que la supuesta veracidad de la narración del hecho no depende de la voluntad o capricho del declarante, es decir, que los efectos jurídicos de esas primeras declaraciones son independientes de la voluntad del declarante y estarán determinados generalmente por una disposición legislativa (precepto legal) o por una decisión judicial. En consecuencia, cuando mucho puede hablarse de una pretensión de "retractación" o "retractabilidad" de una declaración inicial por medio de otra posterior que pretende ser auténtica (lo que indudablemente encierra una contradicción), de modo que esta última sólo puede entenderse destinada a servir como denuncia de la "no veracidad" de la declaración precedente, situación que, por principio, no invalida ni...
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