Tesis Aislada, Segundo Tribunal Colegiado Auxiliar, Con Residencia en Guadalajara, Jalisco, 1 de Marzo de 2011 (Tesis num. III.2o.T.Aux.26 A de Segundo Tribunal Colegiado Auxiliar, Con Residencia en Guadalajara, Jalisco, 01-03-2011 (Tesis Aisladas))

Número de resoluciónIII.2o.T.Aux.26 A
Fecha de publicación01 Marzo 2011
Fecha01 Marzo 2011
Número de registro162466
Localizador9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; XXXIII, Marzo de 2011; Pág. 2459
MateriaAdministrativa

En términos de los artículos 49 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, 31, 35 y 50, fracción II, de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa y 219 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la legislación citada en primer término, atento a su numeral 1o., las resoluciones que pronuncien las Salas Regionales del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, deben estar firmadas por los Magistrados que las pronuncien y autorizadas por el secretario de Acuerdos correspondiente pues, de lo contrario, carecen de validez. Sin que obste a lo anterior el hecho de que uno de los Magistrados haya formulado y signado su voto particular, pues éste sólo refleja sus consideraciones personales en relación con el criterio de la mayoría, pero no forma parte de la sentencia, la que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR